El Salvador: condena a mujeres pobres por la penalización del aborto, por Fernando de Dios Merino

Por Fernando de Dios Merino, desde San Salvador. El Salvador es uno de los países de América Latina en el que el aborto está prohibido en todos los casos, luego de una embestida de los sectores conservadores en 1998. En ese contexto, las mujeres son denunciadas por los equipos de salud y al menos 24 están cumpliendo condenas de décadas.
El 19 de febrero de 2005 fue el último día en libertad de Sonia Esther Tabora. Ese día estuvo a punto de desangrarse hasta morir, pero la atención médica que recibió le costó un ingreso en prisión, porque supuestamente incumplió deberes de cuidado con su hija recién nacida, que llevaba en su vientre producto de un embarazo de siete meses.
Tenía 20 años y nadie sabía de su estado. El hombre que la embarazó, como en tantos otros casos, la había abandonado y desaparecido hacía meses y ella ocultó su embarazo por miedo a perder su trabajo de empleada de hogar en San Salvador.
Ese 19 de febrero había ido de visita a la casa de su familia, un mísero rancho al borde de un cafetal, en una zona rural al occidente de la capital. A ese cafetal se fue Sonia cuando sintió dolor. Allí perdió a su bebé. Se desmayó mientras la sangre fluía sin control de su cuerpo.
Su hermana la encontró en estado de shock y su padre llamó a la policía para que la llevaran a un centro de salud. Tras más de una hora de espera llegó una patrulla que trasladó a Sonia ante un doctor. Éste, ufanándose de haber «sacado la verdad» a Sonia, se fue de regreso al cafetal con los policías y encontró el cadáver de un feto de siete meses de gestación envuelto en una sábana.
Entonces comenzó el proceso judicial contra Sonia, que fue primero acusada de practicarse un aborto y después se le añadió la acusación del delito de homicidio agravado. El resultado fue una condena de 30 años de prisión.
Durante el juicio fue confinada a prisión preventiva, por ser considerada una criminal peligrosa, mientras no se aportó prueba concluyente alguna; no se hizo autopsia al cadáver del feto, por lo que no se pudo siquiera comprobar si había sido un aborto o una complicación del embarazo.
Siete años después, su caso volverá al juzgado que la condenó. El tribunal ha admitido la revisión de la sentencia, lo que significa que será repetida la vista pública y tendrá que comprobarse si hay pruebas fehacientes más allá de suposiciones para condenarla. Esto ocurre principalmente porque hoy Sonia tiene abogados a su favor, y un sector del movimiento de mujeres, es decir, tiene quien la defienda y acompañe, a diferencia del primer proceso.
Sonia no es la única
La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico tiene contabilizados al menos 24 casos de mujeres en circunstancias similares a las de Sonia Esther Tabora; mujeres presas desde hace años, con abultadas condenas tras procesos dudosos, basados en prejuicios y apoyados en una legislación que desde 1998 penaliza toda forma de aborto.
«El caso de Sonia Tabora está relacionado con la legislación injusta que penaliza de forma absoluta el aborto en el país. Se trata de nuevo de una mujer que llegó desangrándose a un hospital público y a partir de las presiones en el propio hospital fue denunciada y transitó del hospital a la cárcel», dijo en conferencia de prensa Morena Herrera, presidenta de la agrupación.
Herrera recordó que este tipo de presiones realizadas por los médicos a mujeres en estado grave son consideradas tortura por la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura.
Penalización y persecución
La penalización total del aborto en El Salvador tuvo lugar tras una campaña de grupos conservadores apoyada por la Iglesia que consiguió que las y los integrantes de la Asamblea Legislativa aprobaran una reforma constitucional. Hasta entonces en el país se permitían tres supuestos de aborto; el ético, el eugenésico y el terapéutico.
Durante los años posteriores a esa fecha, las autoridades sanitarias instruyeron a los equipos de salud salvadoreños para que denunciaran de forma fulminante a la Fiscalía General de la República (FGR) ante la menor sospecha de que una mujer se había provocado un aborto.
En la mayoría de las ocasiones, al delito de aborto la FGR añadió el de homicidio agravado, que llega a suponer hasta 50 años de cárcel, penalizando de forma desproporcionada a estas mujeres, en una suerte de castigo ejemplarizante por su comportamiento contrario a la moral de los grupos conservadores.
En esos procesos, según detalló el abogado integrante de la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto, Víctor Hugo Mata, se aprecia negligencia tanto de la FGR como de las autoridades forenses, por acusar sin fundamento y por no practicar pruebas periciales, como la autopsia del feto para determinar si nació muerto.
«En muchas ocasiones hemos tenido este tipo de experiencias, situaciones en las que vemos el descuido, la negligencia, la falta de pericia y la falta de dedicación científica de Medicina Legal. Presumimos que a lo mejor porque se trata de mujeres pobres; también existe el estigma del aborto, que posiblemente incide», afirmó Mata.
En efecto, casi la totalidad de estas mujeres comparten varias características; son pobres, con bajo nivel educativo, obreras precarias o empleadas de hogar, pasaron de una cama de hospital a una celda y los procesos judiciales en los que fueron condenadas adolecieron de múltiples irregularidades. Mientras todo ello ocurría, en ningún momento el Estado realizó una campaña de educación sexual y planificación familiar efectiva.
Rendición de cuentas ante la CIDH
Si el caso de Sonia llega a buen puerto y es liberada, sería ya el cuarto en el país. Antes fueron Karina Clímaco, Delmy Ordóñez y Catalina Ponce quienes recuperaron su libertad al demostrarse que habían sido encarceladas sin pruebas. De hecho, la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, según su integrante Sara García, está preparando una petición de indulto colectivo para esas 24 mujeres que aún están en prisión.
Pero la acción de esta agrupación ciudadana no se limita a intentar sacar de la cárcel a estas mujeres. El pasado mes de marzo denunció al Estado salvadoreño ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violar los derechos de una mujer que murió en prisión tras ser condenada a 30 años de cárcel por haberse provocado presuntamente un aborto.
Manuela (nombre ficticio) murió en la cárcel en 2010 a causa de un cáncer linfático. Fue condenada a 30 años de prisión después de acudir a un hospital con una hemorragia vaginal provocada por complicaciones en su embarazo.
La doctora que la atendió asumió que era un aborto y consideró como agravante el hecho de que el embarazo había sido resultado, según su criterio, de una infidelidad, porque la pareja de Manuela había emigrado cuatro años antes a Estados Unidos.
Conoció a su abogado defensor de oficio el mismo día que fue condenada y no pudo apelar la decisión del tribunal.
La mujer, además de la hemorragia, tenía desde hacía tiempo unos bultos en su cuello a los que la doctora que la atendió no prestó atención. Una vez en prisión, se comprobó que era un linfoma de Hodgkin avanzado. El tratamiento tardío e incompleto con quimioterapia no sirvió de nada, aunque los efectos secundarios del mismo tuvo que soportarlos en su celda, en condiciones de hacinamiento e insalubridad. Murió tras dos años privada de libertad. Tenía 33 años y dos hijos que quedan sin su madre.
La denuncia ante la CIDH pretende que se responsabilice al Estado salvadoreño por privar a Manuela del ejercicio de varios derechos fundamentales, como la salud, la libertad, el debido proceso y la defensa. Pide, además de una reparación para la familia, que se impongan al Estado salvadoreño medidas de no repetición que permitan desmontar una práctica de persecución a las mujeres que ha sido una constante en el país durante más de una década.

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