Cuestión de faldas, por José Mª Molas

«¿Tienen que llevar falda las mujeres obligatoriamente en nuestra sociedad: por ejemplo, cuando están en sus casas, o en la calle, paseando? ¿No sería ridículo, pero sobretodo violento, obligar a las mujeres a portar falda por el simple hecho de ser mujeres? ¿No es también absurdo y ridículo plantearse esta cuestión, esto es, decidir si la mujer tiene que llevar falda siempre que se vista? Es de perogrullo afirmar que las mujeres llevan falda, o pantalón, cuando lo desean. No hay debate alguno, afortunadamente, sobre esta cuestión.

Sin embargo, cuando la pregunta la realizamos de la siguiente manera: ¿tienen que llevar falda las mujeres obligatoriamente en sus puestos de trabajo?, la respuesta ya no es, paradójicamente, tan taxativa. Posiblemente para alguien, esta pregunta le resulte también ofensiva, en tanto que a una mujer, por tratarse precisamente de una mujer, no se le puede obligar a portar falda en contra de su voluntad, ni siquiera en su puesto de trabajo. Pero, desgraciadamente, actualmente, este es un debate aún abierto y candente. Y esto es así porque, en efecto, hay empresas que obligan a sus trabajadoras, simplemente por ser mujeres, a llevar falda como parte del uniforme de trabajo, prohibiéndoles que puedan llevar pantalón.

Muchas empresas (pertenecientes a los más diversos sectores económicos) no obligan a sus trabajadoras a llevar falda, y les permiten llevar pantalón. Han sido las propias trabajadoras las que, mediante su unión y vindicación de este derecho, han conseguido su propósito. Otras empresas, en cambio, siguen ancladas en el mantenimiento de su determinación categórica por uniformar a sus trabajadoras con falda, sin opción al cambio. Pongamos un ejemplo al respecto.

En el sector hotelero, especialmente el especializado en el turismo de masas, es decir, de costa, muchas trabajadoras de hotel, llevan pantalón. Las empresas en las que trabajan no les obligan a llevar falda. Además, en un hotel, esas trabajadoras, estén en el departamento que estén (pisos, restaurante, bar, recepción) llevan pantalón. No sin esfuerzo y lucha, desde los comités de empresa sobretodo, sin embargo, han podido conseguir este derecho. No ha sido una decisión unilateral de las empresas, sino que las propias trabajadoras han sido las que han tenido que tomar las iniciativas correspondientes y obligar a sus empresas a rectificar sus decisiones al respecto.

Ahora bien, hay empresas, en el sector hotelero, que, pese a la solicitación y exigencias de sus trabajadoras, también mediante sus comités de empresa, continúan en su disposición intransigente de mantener la falda como elemento de uniformización femenina. Una de ellas, acaso la que se mantiene con más ahínco en esa obcecación, es Riu Hotels. Esta empresa obliga, sin concesiones, a sus trabajadoras de hotel, por ser mujeres, a llevar falda, sin la posibilidad no sólo al cambio sino, sobretodo, al debate. En España, la empresa Riu Hotels tiene hoteles en Baleares, en Andalucía y en Canarias (también en Portugal). Desde los hoteles españoles de esta multinacional, a través de los comités de empresa, se viene solicitando (también exigiendo), que las trabajadoras puedan llevar, en lugar de falda, pantalón. Y si se solicita y exige es porque las mismas trabajadoras lo están demandando. Las razones aducidas son muchas, y en diversos escritos (presentados, incluso alguno de ellos, junto a las firmas de las propias trabajadoras de todos los departamentos) ya se han expuesto en las reuniones correspondientes. Se argumentan razones de higiene, de salud laboral, de comodidad, pero, sobretodo, morales y éticas, y también púdicas, siendo estas tres últimas las que más peso tienen a la hora de reivindicar dicho derecho, ya que, las trabajadoras, como mujeres, se están preguntando por qué deben estar sujetas a esta discriminación sexista.

Muchas quejas y exigencias se están recogiendo y acumulando por parte de los comités de empresa, los cuales aluden a la pertinencia de las mismas en cuanto que manifiestan una problemática fácil de solventar pero que, incomprensiblemente, no se desea solucionar. ¿Por qué esta empresa obliga a sus trabajadoras de hotel a llevar falda, en contra de la voluntad de las mismas, y no les permite llevar pantalón? ¿Por qué este empecinamiento? La respuesta es contundente: por su discurso violento y denigrante hacia la trabajadora de hotel. Porque, sin duda, esta decisión categórica es el resultado de una política y filosofía empresariales que trasciende al mero espacio de las relaciones estrictamente laborales (o contables) y se incluye en un ámbito insertado en profundas raíces culturales que se relacionan con la discriminación de la mujer por el hecho de ser mujer. La trabajadora de hotel, en esta empresa, no es un sujeto sino un mero objeto. El primer párrafo del primer punto de la “Exposición de Motivos” de la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, podría servirnos para ilustrar el verdadero fondo de la cuestión; dice lo siguiente: “La violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el mismo hecho de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión”. En esta empresa, a la trabajadora de hotel no se le respeta porque se le estigmatiza con la falda, que simboliza sometimiento y subordinación; de la misma manera, no tiene libertad ni capacidad de decisión, porque se le obliga, sin paliativos, sin explicación alguna, a portar falda, y no se le da otra opción. Nos encontramos, vemos, ante una clara manifestación de violencia de género en el ámbito laboral, protagonizada por una empresa que pone en práctica una desigualdad manifiesta en sus relaciones laborales en los mismos hoteles. Este acontecimiento cotidiano (a primera vista tan trivial), como es el portar falda obligatoriamente, se convierte, no obstante, en una manifiesta agresión pública, también simbólica, a la dignidad de las trabajadoras de hotel, por el hecho de ser mujeres».

José María Molas

Fuente: E-Mujeres

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