El presente artículo aborda las relaciones existentes entre la regulación del acoso discriminatorio que se detallaba en el Anteproyecto de Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación con la regulación establecida en la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Todo ello con la pretensión de seguir profundizando en claves que permitan detectar necesidades y proponer claves para el avance en Derecho antidiscriminatorio.
Palabras clave: acoso, acoso por razón de sexo, acoso discriminatorio, discriminación e igualdad efectiva.
M.ª Ángeles Bustamante Ruano Asesora Técnica Licenciada en Derecho
Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com RTSS. CEF. NÚM. 353-354 (septiembre 2012)
SUMARIO
- Introducción.
- Acoso, acoso por razón de sexo y acoso discriminatorio, ¿tres denominaciones para una misma cosa? Comparación terminológica. 2.1. Las causas discriminatorias: diferencias y similitudes. 2.2. Conducta no deseada, una aclaración (no) necesaria. 2.3. El acoso, el acoso por razón de sexo y el acoso discriminatorio como discriminatorios.
- Consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias.
- Legitimación.
- Fomento y promoción de la igualdad y no discriminación en la negociación colectiva.
- Una propuesta necesaria.
Bibliografía.
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